De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de Ordenación de las Enseñanzas Universitarias oficiales, el acceso a las enseñanzas del título de Máster se puede realizar por las siguientes vías:
De acuerdo con el artículo 6 del de los Estudios Oficiales Universitarios de Máster y Doctorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, la solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se gestionará en la Sección de Postgrado, quien solicitará un informe técnico a las Comisiones Académicas de Máster. La resolución de admisión corresponderá a la comisión del Consejo de Gobierno de la UPCT competente en temas de enseñanzas oficiales de Máster. La solicitud y la documentación acreditativa a aportar por los candidatos se tramitarán en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula para cada Curso Académico.
Las condiciones de admisión al título se establecen según lo establecido el artículo 7 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT , en el que se indica:
Perfil de ingreso recomendado:
El perfil de ingreso adecuado para aquellos alumnos que vayan a comenzar los estudios de esta titulación debería incluir los siguientes conocimientos y aptitudes:
La UPCT, en caso de haber números clausus en una titulación establece un procedimiento de preinscripción y baremación antes de abrir el período de matrícula. En el caso en que el número de aspirantes a cursar el título de Máster propuesto supere al de plazas ofertadas, la admisión se hará atendiendo como criterio prioritario al expediente académico del solicitante y, en segundo lugar, al haber cursado alguna de las titulaciones mencionadas anteriormente en el perfil de ingreso. La nota media del expediente académico del alumno, será obtenida según el procedimiento recogido en las “Normas sobre el cálculo de la nota media de los expedientes académicos de la Universidad Politécnica de Cartagena”.
Prioridad de admisión
En este Máster se realiza un proceso de admisión de los estudiantes antes de formalizar la matrícula. En el caso en que el número de aspirantes a cursar el título de Máster propuesto supere al de plazas ofertadas, la admisión se hará atendiendo como criterio prioritario al expediente académico del solicitante, si bien se establece las siguientes titulaciones universitarias con el orden de preferencia que se cita:
La nota media del expediente académico del alumno, será obtenida según el procedimiento recogido en las “Normas sobre el cálculo de la nota media de los expedientes académicos de la Universidad Politécnica de Cartagena”.
Todos los detalles relativos al proceso de admisión y matrícula se pueden encontrar en la Resolución R-930/20, de 2 de noviembre, del Rectorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se modifica la Resolución R-383/20, de 14 de mayo, por la que se aprueban las Instrucciones de admisión y matrícula en estudios oficiales de Máster universitario de la Universidad Politécnica de Cartagena, para el curso académico 2020/21.
Puedes solicitar el reconocimiento de créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales siempre que se ajusten a la normativa y guarden relación con el título en el que se desean reconocer dichos créditos a la Dirección de Centro responsable. La Comisión Académica del Máster, presidida por el Coordinador de éste, informará sobre las solicitudes tras consultar, si lo considera necesario, a los departamentos afectados. El procedimiento y la documentación a aportar para la solicitud del reconocimiento de créditos será el establecido en las normas e instrucciones de admisión y matrícula antes de cada curso académico. De existir una adecuada correspondencia con las competencias de alguna materia obligatoria u optativa, la Comisión Académica del Máster la reconocerá como equivalente a dicha materia del Plan de Estudios del Máster Universitario TAIDA.
Asimismo, en este título la experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida, por una única vez, en forma de créditos (hasta un total de 8 ECTS) de la asignatura “Prácticas en Empresa” obligatorias que computarán a efectos de la obtención del título. En concreto, lo podrán solicitar los estudiantes que hayan realizado actividad laboral o profesional, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias de la propia asignatura “Prácticas en Empresa” (Básicas y Generales, Transversales y Específicas), y sea debidamente acreditada, no pudiendo ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a los Trabajos de Fin de Máster ni los obtenidos por la realización de prácticas de alguna de las asignaturas del propio Máster. Se reconocerá 1 ECTS por cada mes trabajado, por lo que el estudiante deberá acreditar como mínimo 8 meses de trabajo para obtener el reconocimiento.
Todos los detalles relativos al reconocimiento de créditos se pueden encontrar en el Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT , aprobados por Consejo de Gobierno el 5 de noviembre de 2015.