El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte emitió una nota aclaratoria durante el mes de noviembre de 2013 en la que decía que: "....corresponde a cada universidad, de acuerdo con su normativa específica, determinar tanto las equivalencias entre los créditos LRU (propios de las anteriores titulaciones) y los créditos ECTS, como los criterios de valoración de los 60 créditos ECTS que, al menos, deban ser considerados como créditos de nivel de Máster, a los efectos de que estos titulados accedan a los estudios de doctorado"
Por ello, corresponde a la comisión académica del programa de doctorado determinar si el expediente académico del candidato cumple con los requisitos de acceso establecidos en el artículo 6.2 letra a) del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero. Lo anterior se entenderá sin prejuicio que las comisiones académicas de los programes de doctorado puedan establecer la obligatoriedad de realizar los complementos de formación que se estimen oportunos, de conformidad con lo que prevé el artículo 7 del Real Decreto citado, para la admisión de doctorandos en su programa.
Así mismo, serán requisito de acceso la entrega de la siguiente documentación por parte del estudiante:
El órgano de admisión será la Comisión Académica del Programa de Doctorado. Para poder cursar enseñanzas de doctorado en un programa, es imprescindible que la Comisión Académica del Programa de Doctorado admita al doctorando o doctoranda. Para conseguir dicha admisión, la Comisión Académica del Programa de Doctorado evaluará su candidatura en base a dos tipos de criterios: de excelencia (académica del candidato) y de adecuación (de su propuesta a uno de los grupos de investigación vinculados al programa). En caso de que la Comisión Académica del Programa de Doctorado crea oportuno ampliar la información entregado por el candidato, se podrá exigir la realización de una entrevista personal (presencial o telefónica) con un profesor/a o investigador/a doctor integrante al programa y vinculado al campo de conocimiento o temática en que se enmarcan los intereses de investigación del candidato.
Criterios de valoración de méritos y ponderación
El Programa realizará admisiones en los períodos establecidos al efecto en el calendario académico. Cada solicitud de admisión será estudiada y evaluada por la Comisión Académica del Programa de Doctorado de acuerdo con criterios de adecuación y excelencia que se incluyen a continuación. Estos criterios servirán para priorizar las solicitudes en el caso de que la demanda sea superior a la oferta de plazas. Los candidatos deben presentar su solicitud al programa de doctorado utilizando el enlace:
https://management-phd.eu/admission-application/
La admisión de las aplicaciones será priorizada siguiendo el criterio:
Criterio de adecuación | Valoración | Puntuación |
Adaptación al grupo de investigación del programa | [0-100] | |
Criterio de excelencia | Valoración | Puntuación |
Motivación | [0-25] | |
Expediente académico | [0-50] | |
Experiencia Investigadora | [0-25] |
Para que una solicitud del candidato sea considerada, debe alcanzar una puntuación mínima de 60 sobre 100 en cada uno de los dos criterios.
Perfil de Acceso
El perfil de ingreso tiene dos dimensiones independientes: (A) Conocimientos del ámbito, y (B) Conocimientos de investigación
A1) Candidatos con una titulación oficial en Administración y Dirección de Empresas o afín.
Estos candidatos tienen adquiridas las competencias necesarias para iniciar el Programa de Doctorado. Por ello, en este perfil no es necesario que realicen Complementos Formativos sobre la temática de línea de investigación elegida.
A2) Candidatos con una titulación oficial que pertenezca a la línea de investigación elegida para el desarrollo de su Tesis Doctoral. Estos candidatos tienen adquiridas las competencias necesarias para iniciar el Programa de Doctorado. Por ello, en este perfil no es necesario que realicen Complementos Formativos sobre la temática de línea de investigación elegida.
A3) Candidatos con una titulación oficial en otra área pero que contemple una intensificación que contemple una formación vinculada a la Administración y Dirección de Empresas y vinculada a la línea de investigación elegida para el desarrollo de su Tesis Doctoral. Estos candidatos tienen adquiridas las competencias necesarias para iniciar el Programa de Doctorado. Por ello, en este perfil no es necesario que realicen Complementos Formativos sobre la temática de línea de investigación elegida.
A4) Candidatos con una titulación oficial en otra área, pero con experiencia profesional acreditada vinculada a la línea de investigación elegida para el desarrollo de su Tesis Doctoral. En este caso, la Comisión Académica del Programa de doctorado valorará si el candidato tiene adquiridas las competencias necesarias para iniciar el Programa de Doctorado. En tal caso, los candidatos con este perfil no tendrán que realizar Complementos Formativos sobre la temática de línea de investigación elegida.
B1) Candidatos con formación y/o experiencia en investigación. Estos candidatos tienen adquiridas las competencias necesarias para iniciar el Programa de Doctorado. Por ello, en este perfil no es necesario que realicen Complementos Formativos sobre metodología científica.
B2) Candidatos sin formación y/o experiencia en investigación. Estos candidatos no tienen adquiridas las competencias necesarias para iniciar el Programa de Doctorado. Por ello, los candidatos con este perfil tendrían que realizar Complementos Formativos sobre metodología científica. Más concretamente, los candidatos tendrán que participar en el Programa de Introducción a la Investigación (IPMR) promovido por la universidad coordinadora.
Los criterios adicionales de admisión y selección para los estudiantes que cursen el programa a tiempo parcial serán los mismos.
Si en algún momento del periodo de formación el estudiante quisiera cambiar el régimen de dedicación debe solicitarlo a la Comisión Académica, indicando las razones que justifican el cambio. La Comisión Académica valorará los motivos, los cuales deberán estar fundamentados académicamente, y emitirá una recomendación sobre la pertinencia del cambio de modalidad.
Para el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, se dispone de la Unidad de Apoyo al Alumnado con Discapacidad para que estos estudiantes puedan ser atendidos de forma específica: https://www.upct.es/voluntariado-apoyo-discapacidad/es/inicio.
La Comisión Académica asignará un tutor a cada estudiante admitido al programa de doctorado, y un supervisor de la tesis en un periodo máximo de seis meses.
El estudiante debe matricularse en la Universidad del Tutor asignado, después de haber sido aceptado por el Programa de Doctorado.
El servicio de Gestión Académica de la Universidad Politécnica de Cartagena es el encargado de verificar las condiciones de acceso al doctorado.
Una vez que el doctorando tiene asignado un supervisor/a, se establece un acuerdo documental.