ETSAE: Máster Universitario en Patrimonio Arquitectónico (2001)


ACCESO, ADMISIÓN, RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Acceso al título

De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de Ordenación de las Enseñanzas Universitarias oficiales, el acceso a las enseñanzas del título de Máster se puede realizar por las siguientes vías:

  • Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título universitario oficial español. A la luz de la disposición adicional cuarta de dicho decreto, esto se aplica tanto a los Licenciados, Ingenieros y Arquitectos como a los Diplomados, Ingenieros Técnicos y Arquitectos Técnicos.
  • Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
  • Podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.

De acuerdo con el artículo 6 del de los Estudios Oficiales Universitarios de Máster y Doctorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, la solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se gestionará en la Sección de Postgrado, quien solicitará un informe técnico a las Comisiones Académicas de Máster. La resolución de admisión corresponderá a la comisión del Consejo de Gobierno de la UPCT competente en temas de enseñanzas oficiales de Máster. La solicitud y la documentación acreditativa a aportar por los candidatos se tramitarán en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula para cada Curso Académico.

Admisión en el título

Las condiciones de admisión al título se establecen según lo establecido el artículo 7 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT , en el que se indica:

  • La admisión en un máster se decidirá conforme a las normas e instrucciones de admisión y matrícula que se dicten para cada curso académico por resolución rectoral.
  • Los Centros responsables establecerán los criterios de baremación y selección de las solicitudes de admisión de estudiantes, previamente al periodo de preinscripción del alumnado y según lo aprobado en la memoria del plan de estudios verificado. Dichos criterios deberán remitirse al vicerrectorado que tenga las competencias de los estudios respectivos de la UPCT con la antelación debidamente indicada en el curso académico.

Perfil de ingreso recomendado

Alumnos que cumplan una de las tres condiciones siguientes:

  • Los alumnos que acrediten estar en posesión de un título de grado o equivalente en Arquitectura, Ingeniería de la Edificación, Historia del Arte o Arqueología.
  • Los alumnos que, estando en posesión de otro título universitario, acrediten estudios de formación continua o especialización en campos relacionados con el Patrimonio Arquitectónico, Urbano, Industrial o el Paisaje Cultural, de nivel universitario y duración igual o superior a 30 ECTS o 300 horas presenciales.
  • Los alumnos que, estando en posesión de otro título universitario, acrediten experiencia laboral en campos relacionados con el Patrimonio Arquitectónico, Urbano, Industrial o el Paisaje Cultural, de duración igual o superior a un año a tiempo completo.

Prioridad de admisión

En este Máster se realiza un proceso de admisión de los estudiantes antes de formalizar la matrícula.

Se ha previsto además que en el caso de que el número de solicitudes de admisión sea superior al máximo de plazas establecido en el título de Máster, la Comisión Académica del Máster priorizarán sus solicitudes considerando la adaptación de la formación académica del alumno y otros méritos al perfil de ingreso del Máster de acuerdo con el siguiente baremo.

La admisión no implicará, en ningún caso, modificación alguna de los efectos académicos y, en su caso, profesionales que correspondan al título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Máster.

Todos los detalles relativos al proceso de admisión y matrícula se pueden encontrar en la Resolución R-930/20, de 2 de noviembre, del Rectorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se modifica la Resolución R-383/20, de 14 de mayo, por la que se aprueban las Instrucciones de admisión y matrícula en estudios oficiales de Máster universitario de la Universidad Politécnica de Cartagena, para el curso académico 2020/21

Reconocimiento y transferencia de créditos

De acuerdo con la memoria de verificación los alumnos matriculados en el Máster podrán solicitar el reconocimiento de los créditos a la Comisión Académica en los casos siguientes y con sujeción a las normas que se expresan:

  • Por estudios en enseñanzas oficiales de Máster o Doctorado.
  • Por estudios parciales de Doctorado en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998 o normas anteriores.
  • Por estudios de Licenciatura, Arquitectura e Ingeniería, titulados conforme a planes de estudio previos al Real Decreto 1393/2007.
  • Por experiencia profesional en actividades dentro del campo del título.

Las normas referidas a la transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de Máster de la UPCT vienen recogidas en el artículo 10 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT , aprobado por Consejo de Gobierno el 5 de noviembre de 2015 y modificado en la sesión del 17 de mayo de 2017.