EINDOC: Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (3410)


Acceso y admisión

Acceso

1. Con carácter general, para el acceso al programa de doctorado será necesario estar en posesión de un título oficial de Grado o equivalente y un título oficial de Máster Universitario.

2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
  • Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
  • Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
  • Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
  • Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
  • Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de Educación Superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.

Criterios para la admisión

Los criterios de admisión se limitan al cumplimiento de los perfiles de ingreso y al conocimiento de las lenguas que se emplean en el programa de doctorado.

Perfil de ingreso recomendado (no deben cursar complementos de formación)

Estudiantes que tengan acceso a doctorado por cualquiera de las vías que recoge el RD 99/2011:

  1. Cuya formación se haya desarrollado en el ámbito de las telecomunicaciones o en otros ámbitos afines como la informática, la ciencia de datos, la electrónica, la automática o la física.
  2. Cuya formación se haya desarrollado en los ámbitos de la ingeniería o de las ciencias como las matemáticas o la química. Siempre que su vida laboral o profesional se haya desarrollado durante al menos 5 años en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones y tenga una orientación investigadora.

Otros perfiles de ingreso (deben cursar complementos de formación)

Estudiantes que tengan acceso a doctorado por cualquiera de las vías que recoge el RD 99/2011:

  1. Cuya formación se haya desarrollado en los ámbitos de la ingeniería o de las ciencias como las matemáticas o la química.
  2. Cuya formación se haya desarrollado en otros ámbitos, como la administración y dirección de empresas, siempre que su vida laboral o profesional se haya desarrollado durante al menos 5 años en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones y tenga una orientación investigadora.

Deben completar su perfil de formación y / o experiencia con complementos formativos dirigidos a proporcionar a su perfil la orientación adecuada. En concreto:

  • Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (4 créditos ECTS; ver desglose y contenidos en el apartado 3.3).

Idioma

Las lenguas a utilizar en el proceso formativo son castellano e inglés. Por este motivo:

  • Para los investigadores en formación nativos en lengua castellana se recomienda un nivel de conocimiento de lengua inglesa de B2.
  • Para los investigadores en formación nativos en lengua inglesa, se recomienda un nivel de conocimiento de lengua castellana de B2.
  • Para los investigadores en formación nativos en otras lenguas, se recomienda un nivel de conocimiento de lengua castellana e inglesa de B2.

La acreditación del nivel de idiomas podrá realizarse mediante:

  • Certificado o diploma expedido por una organización acreditada: Escuela Oficial de Idiomas, certificados de Cambridge, TOELF, etc.
  • Superación de pruebas de nivel realizadas por la UPCT.

La falta de acreditación del nivel de idioma recomendado será valorada por la Comisión Académica del programa de doctorado, pudiendo exigir la realización y superación de cursos de idiomas en el primer año de doctorado hasta alcanzar el nivel B2.

Criterios para la selección

En el caso en el que la demanda de estudiantes que cumplen los perfiles de ingreso exceda el número de plazas ofertadas, la Comisión Académica aplicará los siguientes criterios de selección:

  1. El perfil de ingreso: tendrán preferencias los estudiantes con perfil de ingreso idóneo sobre los estudiantes sin él. (Ponderación del 50%)
  2. La nota media del expediente académico. (Ponderación 25%)
  3. Publicaciones científicas. (Ponderación del 10%)
  4. El número de años de experiencia laboral o profesional. (Ponderación del 10%)
  5. El nivel de conocimiento de las lenguas del programa superior al nivel B2 exigido como criterio de admisión (Ponderación del 5%)

Aquellos candidatos que no sean inicialmente admitidos por sobrepasar la capacidad del programa quedarán en lista de espera por si posteriormente se produjese alguna baja o renuncia.

Estudiantes con dedicación a tiempo parcial

Los criterios adicionales de admisión y selección para los estudiantes que cursen el programa a tiempo parcial serán los mismos.

Si en algún momento del periodo de formación el estudiante quisiera cambiar el régimen de dedicación debe solicitarlo a la Comisión Académica, indicando las razones que justifican el cambio. La Comisión Académica valorará los motivos, los cuales deberán estar fundamentados académicamente, y emitirá una recomendación sobre la pertinencia del cambio de modalidad.

Estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad

Para el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, se dispone de la Unidad de Apoyo al Alumnado con Discapacidad para que estos estudiantes puedan ser atendidos de forma específica: https://www.upct.es/voluntariado-apoyo-discapacidad/es/inicio.