ETSIT: Máster Universitario en Ingeniería Telemática (2471)


ACCESO, ADMISIÓN, RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Acceso al título

De acuerdo con el artículo 16 del texto consolidado del Real Decreto 1393/2007, de Ordenación de las Enseñanzas Universitarias oficiales, el acceso a las enseñanzas del título de Máster puede realizarse por las siguientes vías:

  • Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título universitario oficial español. A la luz de la disposición adicional cuarta de dicho decreto, esto se aplica tanto a los Licenciados, Ingenieros y Arquitectos como a los Diplomados, Ingenieros Técnicos y Arquitectos Técnicos.
  • Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
  • Podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.

En el supuesto c), y de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento de Estudios Oficiales de Máster de la Universidad Politécnica de Cartagena, la solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se realizará con antelación al proceso de admisión y se resolverá, previo informe favorable de la Comisión Académica responsable de los estudios, por la Comisión del Consejo de Gobierno de la UPCT competente en temas de enseñanzas oficiales de Máster (la Comisión de Postgrado). La solicitud y la documentación acreditativa que deben aportar los candidatos/as se tramitarán en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula para cada Curso académico.

En el caso de la ETSIT, la Comisión Académica responsable de los estudios (denominada Comisión de Ordenación Académica y Estudiantes) está formada por el Director de la ETSIT, el Secretario de la ETSIT, el Subdirector de Ordenación Académica y Estudiantes, cuatro profesores con adscripción al centro y dos estudiantes del centro.

Admisión en el título

Las condiciones de admisión al título se establecen según lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT, en el que se indica:

  • La admisión en un máster se decidirá conforme a las normas e instrucciones de admisión y matrícula que se dicten para cada curso académico por resolución rectoral.
  • Los Centros responsables establecerán los criterios de baremación y selección de las solicitudes de admisión de estudiantes, previamente al periodo de preinscripción del alumnado y según lo aprobado en la memoria del plan de estudios verificado. Dichos criterios deberán remitirse al vicerrectorado que tenga las competencias de los estudios respectivos de la UPCT con la antelación debidamente indicada en el curso académico.

Perfil de ingreso recomendado:

Se recomienda que el estudiante que solicite la admisión a los estudios de Máster Universitario en Ingeniería Telemática esté en posesión de un título de Grado/Máster/Ingeniería/Licenciatura (y sus correspondientes titulaciones afines en países extranjeros) en el área con una notable base de conocimientos sobre aplicaciones y/o redes telemáticas, fundamentos de cálculo, estadística y programación.

Ejemplos de títulos que se consideran adecuados los siguientes:

  • Grado en: Ingeniería Telemática; Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación; Ingeniería Informática con especialización en Tecnologías de la Información; Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
  • Máster Universitario en: Ingeniería de Telecomunicación; Tecnología de Análisis de Datos Masivos: Big Data; o Nuevas Tecnologías en Informática.

Prioridad de admisión

Como establece el proceso de admisión recogido en el artículo 7 del Reglamento de Estudios Oficiales de Máster de la Universidad Politécnica de Cartagena, será el Centro el responsable de decidir y aplicar las normas e instrucciones de admisión.

En el caso de la ETSIT, será la Comisión de Ordenación Académica y Estudiantes la comisión responsable del proceso de admisión. Está formada por el Director de la ETSIT, el Secretario de la ETSIT, el Subdirector de Ordenación Académica y Estudiantes, cuatro profesores con adscripción al centro y dos estudiantes del centro.

En el caso de tener más solicitudes de admisión que plazas disponibles, la comisión responsable del proceso de admisión decidirá los estudiantes admitidos en función de:

Las competencias adquiridas en el ámbito de la Ingeniería Telemática. Para aplicar este criterio se establecen como preferentes las solicitudes de estudiantes que posean el título de grado en Ingeniería Telemática, el grado en Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación y el Máster Universitario en Tecnologías de la Información.

El segundo criterio que tendrá en cuenta la comisión, en caso de ser necesario, será el expediente académico.

Todos los detalles relativos al proceso de admisión y matrícula se pueden encontrar en la Resolución R-930/20, de 2 de noviembre, del Rectorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se modifica la Resolución R-383/20, de 14 de mayo, por la que se aprueban las Instrucciones de admisión y matrícula en estudios oficiales de Máster universitario de la Universidad Politécnica de Cartagena, para el curso académico 2020/21.

Reconocimiento y transferencia de créditos

Los/as estudiantes matriculados en un Máster podrán solicitar el reconocimiento de créditos a la Dirección del Centro responsable. Las Comisiones Académicas competentes informarán sobre estas solicitudes al órgano responsable de la UPCT, quien podrá reconocer créditos siempre que cumplan los apartados anteriores y guarden relación con el título en el que se desean reconocer los créditos.

Las normas referidas a la transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de Máster de la UPCT vienen recogidas en el artículo 10 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT, aprobados por Consejo de Gobierno el 5 de noviembre de 2015.