ETSINO: Máster Universitario en Ingeniería Naval y Oceánica (2321) - Plan 2014


ACCESO, ADMISIÓN, RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Acceso al título

De acuerdo con el artículo artículo 18 del RD 822/2021, de 28 de septiembre, el acceso a las enseñanzas del título de Máster se puede realizar por las siguientes vías:

  • Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título universitario oficial español. A la luz de la disposición adicional cuarta de dicho decreto, esto se aplica tanto a los Licenciados, Ingenieros y Arquitectos como a los Diplomados, Ingenieros Técnicos y Arquitectos Técnicos.
  • Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
  • Podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.

De acuerdo con el artículo 6 del de los Estudios Oficiales Universitarios de Máster y Doctorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, la solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se gestionará en la Sección de Postgrado, quien solicitará un informe técnico a las Comisiones Académicas de Máster. La resolución de admisión corresponderá a la comisión del Consejo de Gobierno de la UPCT competente en temas de enseñanzas oficiales de Máster. La solicitud y la documentación acreditativa a aportar por los candidatos se tramitarán en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula para cada Curso Académico.

Admisión en el título

Las condiciones de admisión al título se establecen según lo establecido el artículo 7 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT, en el que se indica:

  • La admisión en un máster se decidirá conforme a las normas e instrucciones de admisión y matrícula que se dicten para cada curso académico por resolución rectoral.
  • Los Centros responsables establecerán los criterios de baremación y selección de las solicitudes de admisión de estudiantes, previamente al periodo de preinscripción del alumnado y según lo aprobado en la memoria del plan de estudios verificado. Dichos criterios deberán remitirse al vicerrectorado que tenga las competencias de los estudios respectivos de la UPCT con la antelación debidamente indicada en el curso académico.

Perfil de ingreso recomendado:

Las características personales y académicas que se consideran idóneas para iniciar los estudios de Máster en Ingeniería Naval y Oceánica son:

  • Características personales
    • Actitud crítica y capacidades de análisis y síntesis.
    • Capacidad de planificación, organización y trabajo en equipo.
    • Actitud e interés por desarrollar la actividad profesional en el sector naval
    • Dinamismo, espíritu emprendedor y sentido de responsabilidad.
    • Sensibilidad por el medio ambiente.
  • Características académicas
    • Poseer sólidos conocimientos en materias básicas, específicas y tecnológicas de la titulación de grado cursada para avanzar en el análisis y en la resolución de los problemas asociados a la titulación.

Prioridad de admisión

En este Máster se realiza un proceso de admisión de los estudiantes antes de formalizar la matrícula. En el caso de que el número de aspirantes a cursar el Máster propuesto supere al de plazas ofertadas, la admisión se hará teniendo en cuenta como criterio el expediente académico del solicitante, si bien se dará prioridad a aquellos estudiantes que hayan superado una titulación de Grado desarrollado de acuerdo con la Orden CIN 350/2009 que hayan cursado los 48 créditos de los dos módulos completos de tecnología específica, a estos sobre los que hayan superado una titulación de Grado desarrollada de acuerdo con la citada Orden Ministerial que hayan cursado los 48 créditos de alguno de los dos módulos completos de tecnología específica, a estos sobre los que hayan superado una titulación desarrollada de acuerdo con la citada Orden Ministerial que hayan cursado, aún no cubriendo un módulo completo de tecnología específica, sí 48 créditos de los ofertados en el conjunto de los dos módulos de los dos módulos de tecnología específica y a estos sobre los que estén en posesión de cualquier título de grado sin perjuicio y que completen previamente los complementos que se estimen necesarios.La nota media del expediente académico del alumno, será obtenida según el procedimiento recogido en las "Normas sobre el cálculo de la nota media de los expedientes académicos de la Universidad Politécnica de Cartagena".

Todos los detalles relativos al proceso de admisión y matrícula se pueden encontrar en las Instrucciones de Admisión y Matrícula en Estudios de Máster del curso vigente.

Reconocimiento y transferencia de créditos

Puedes reconocer los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, siempre que guarden relación con el título de Máster en el que se desean reconocer los créditos y sean del mismo nivel formativo o superior.

También puedes reconocer la experiencia profesional o laboral y los estudios en enseñanzas universitarias no oficiales hasta un máximo de 18 ECTS (15% de los créditos del máster).

Todos los créditos que hayas obtenido en enseñanzas oficiales en cualquier Universidad: los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, serán incluidos en tu expediente académico.

Las normas referidas a la transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de Máster de la UPCT vienen recogidas en el artículo 10 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT, aprobado por Consejo de Gobierno el 5 de noviembre de 2015 y modificado en la sesión del 17 de mayo de 2017.