ETSII: Máster Universitario en Ingeniería Industrial (2231)


ACCESO, ADMISIÓN, RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Acceso al título

De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de Ordenación de las Enseñanzas Universitarias oficiales, el acceso a las enseñanzas del título de Máster se puede realizar por las siguientes vías:

  • Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título universitario oficial español. A la luz de la disposición adicional cuarta de dicho decreto, esto se aplica tanto a los Licenciados, Ingenieros y Arquitectos como a los Diplomados, Ingenieros Técnicos y Arquitectos Técnicos.
  • Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
  • Podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.

De acuerdo con el artículo 6 del de los Estudios Oficiales Universitarios de Máster y Doctorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, la solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se gestionará en la Sección de Postgrado, quien solicitará un informe técnico a las Comisiones Académicas de Máster. La resolución de admisión corresponderá a la comisión del Consejo de Gobierno de la UPCT competente en temas de enseñanzas oficiales de Máster. La solicitud y la documentación acreditativa a aportar por los candidatos se tramitarán en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula para cada Curso Académico.

Admisión en el título

Las condiciones de admisión al título se establecen según lo establecido el artículo 7 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT , en el que se indica:

  • La admisión en un máster se decidirá conforme a las normas e instrucciones de admisión y matrícula que se dicten para cada curso académico por resolución rectoral.
  • Los Centros responsables establecerán los criterios de baremación y selección de las solicitudes de admisión de estudiantes, previamente al periodo de preinscripción del alumnado y según lo aprobado en la memoria del plan de estudios verificado. Dichos criterios deberán remitirse al vicerrectorado que tenga las competencias de los estudios respectivos de la UPCT con la antelación debidamente indicada en el curso académico.

Perfil de ingreso recomendado:

El perfil de ingreso óptimo a la titulación de Máster Universitario en Ingeniería Industrial corresponde a aquellos estudiantes que hayan superado la titulación de Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales.

También presentan un perfil de ingreso adecuado los graduados en alguna de las titulaciones de ingeniería especialistas del ámbito industrial (Grado en Ingeniería Eléctrica, Grado en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática, Grado en Ingeniería Mecánica y Grado en Ingeniería Química Industrial). Para estos casos, se establece un itinerario específico en función de la titulación de origen mediante complementos formativos dentro del máster, lo que garantiza la homogeneización de los perfiles de ingreso de los estudiantes.

La Comisión Académica de la titulación podrá permitir el acceso de otros titulados que cumplan con los requisitos establecidos legalmente, para lo cual deberán presentar su solicitud para poder analizar la documentación correspondiente a su certificación oficial y plan de estudios cursado, y en su caso establecer los complementos de formación oportunos.

Prioridad de admisión

En el Máster Universitario en Ingeniería Industrial se realiza un proceso de admisión de los estudiantes antes de formalizar la matrícula. Los criterios de selección en los que se basará la Comisión Académica de esta titulación serán los siguientes:

Títulos de Grado que proporcionen las competencias que se recogen en el apartado 3 de la Orden Ministerial por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, y su formación estar de acuerdo con la que se establece en el apartado 5 de la antes citada Orden Ministerial.
Títulos de Grado cuyo módulo de formación básica y el módulo común a la ingeniería industrial correspondan a lo establecido para los títulos de grado que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, y al menos 48 créditos de entre los ofertados en el conjunto de los bloques de tecnología específica de dichos títulos.
Otros títulos de Grado, sin perjuicio de que en este caso se establezcan los complementos de formación previa que se estimen necesarios.
El procedimiento de admisión será mediante preinscripción en el plazo y lugar que para cada curso académico establezca la Universidad Politécnica de Cartagena. Podrán solicitar la preinscripción todos los estudiantes que reúnan los requisitos arriba mencionados. Dado que hay un número máximo de plazas, La Comisión Académica del Máster establecerá los criterios de baremación y selección de las solicitudes de admisión de estudiantes, previamente al período de preinscripción.

Todos los detalles relativos al proceso de admisión y matrícula se pueden encontrar en la Resolución R-930/20, de 2 de noviembre, del Rectorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se modifica la Resolución R-383/20, de 14 de mayo, por la que se aprueban las Instrucciones de admisión y matrícula en estudios oficiales de Máster universitario de la Universidad Politécnica de Cartagena, para el curso académico 2020/21

Reconocimiento y transferencia de créditos

Puede reconocer los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, siempre que guarden relación con el título de Máster en el que se desean reconocer los créditos y sean del mismo nivel formativo o superior.

La experiencia profesional acreditada podrá ser reconocida por un máximo de 15 ECTS del bloque optativo de prácticas externas, lo cual corresponde a la asignación máxima de las prácticas en empresas en este plan de estudios.

Todos los créditos que hayas obtenido en enseñanzas oficiales en cualquier Universidad: los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, serán incluidos en tu expediente académico.

Las normas referidas a la transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de Máster de la UPCT vienen recogidas en el artículo 10 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT , aprobado por Consejo de Gobierno el 5 de noviembre de 2015 y modificado en la sesión del 17 de mayo de 2017.