FCE: Máster Interuniversitario en Orientación e Intermediación Laboral (2171)


ACCESO, ADMISIÓN, RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Acceso al título

De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de Ordenación de las Enseñanzas Universitarias oficiales, el acceso a las enseñanzas del título de Máster se puede realizar por las siguientes vías:

  1. Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título universitario oficial español. A la luz de la disposición adicional cuarta de dicho decreto, esto se aplica tanto a los Licenciados, Ingenieros y Arquitectos como a los Diplomados, Ingenieros Técnicos y Arquitectos Técnicos.
  2. Podrán acceder los estudiantes que estén en posesión de un título expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
  3. Podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.

De acuerdo con el artículo 6 del de los Estudios Oficiales Universitarios de Máster y Doctorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, la solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se gestionará en la Sección de Postgrado, quien solicitará un informe técnico a las Comisiones Académicas de Máster. La resolución de admisión corresponderá a la comisión del Consejo de Gobierno de la UPCT competente en temas de enseñanzas oficiales de Máster. La solicitud y la documentación acreditativa a aportar por los candidatos se tramitarán en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula para cada Curso Académico.

Admisión en el título

Las condiciones de admisión al título se establecen según lo establecido el artículo 7 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT , en el que se indica:

  • La admisión en un máster se decidirá conforme a las normas e instrucciones de admisión y matrícula que se dicten para cada curso académico por resolución rectoral.
  • Los Centros responsables establecerán los criterios de baremación y selección de las solicitudes de admisión de estudiantes, previamente al periodo de preinscripción del alumnado y según lo aprobado en la memoria del plan de estudios verificado. Dichos criterios deberán remitirse al vicerrectorado que tenga las competencias de los estudios respectivos de la UPCT con la antelación debidamente indicada en el curso académico.

Perfil de ingreso recomendado:

Aunque no se trata de criterios de admisión imprescindibles, los perfiles y la formación previa más adecuados para superar con éxito el programa del Máster son los siguientes:

  • Licenciados o Grados en Ciencias del Trabajo, Relaciones Laborales, Psicología, Trabajo Social, Pedagogía, Sociología, Ciencias Políticas, Derecho, Administración de Empresas o similar y sus equivalentes extranjeros, bien del Espacio Europeo de Educación Superior o de cualquier otro espacio, previa comprobación del nivel de formación equivalente para el acceso.
  • También se podrá admitir alumnos (licenciados o con título de grado) formados en otras áreas de conocimiento, que deberán acreditar una formación básica en materias afines al programa.
  • En cualquier caso, dada la diversidad de titulaciones que pueden acceder al máster y para asegurar que los estudiantes, independientemente de la titulación de acceso tenga una formación básica (a nivel de graduado) se añaden unos créditos de nivelación en una serie de materias relacionadas con las competencias del máster que permita profundizar la formación en el resto de materias de forma homogénea. Estos créditos serán obligatorios para algunas titulaciones

Prioridad de admisión

NÚMERO DE PLAZAS (Curso 2022-22): 30 (conjuntas)

En este Máster se realiza un proceso de admisión de los estudiantes antes de formalizar la matrícula.

La admisión de alumnos al máster será estudiada por la Comisión Académica Interuniversitaria del máster, siendo una de sus funciones el diseño y desarrollo del proceso de selección y admisión del alumnado del máster para su posterior aprobación por las comisiones de docencia (Universidad de Murcia) y de Postgrado (Universidad Politécnica de Cartagena).

En todo caso, son criterios que serán tenidos en cuenta por la comisión los siguientes:

La afinidad de los títulos y estudios previos con los contenidos del máster.
La valoración del currículo académico.
Los méritos de especial relevancia o significación en relación con el máster.
Entrevista Personal.
Concretándose en el siguiente baremo:

  • Media del expediente académico. Máximo 6 puntos.
  • Otros estudios universitarios de especialización en Orientación laboral, Empleo y Desarrollo Local: Títulos propios universitarios (1 punto) y Máster oficial (2 puntos). Máximo 2 puntos.
  • Otros méritos:Publicaciones relacionadas con la orientación e Intermediación laboral, Empleo y Desarrollo local (revistas: hasta 0,25, libros: hasta 0,50). Máximo 1 punto.
    • Comunicaciones a congresos y jornadas relacionados con la Intermediación laboral, Empleo y Desarrollo local (0,25 puntos). Máximo 2 puntos.
    • Alumno interno (0,25 por año). Máximo 0,50 puntos
    • Beca de colaboración en el último curso de carrera. Máximo 0,50 puntos.
  • Si fuera necesario y así lo considera la comisión, se podrán realizar entrevistas con los solicitantes. (Máximo 3 puntos).

Todos los detalles relativos al proceso de admisión y matrícula se pueden encontrar en la Resolución R-930/20, de 2 de noviembre, del Rectorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se modifica la Resolución R-383/20, de 14 de mayo, por la que se aprueban las Instrucciones de admisión y matrícula en estudios oficiales de Máster universitario de la Universidad Politécnica de Cartagena, para el curso académico 2020/21.

Reconocimiento y transferencia de créditos

Puedes reconocer los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, siempre que guarden relación con el título de Máster en el que se desean reconocer los créditos y sean del mismo nivel formativo o superior.

También puedes reconocer la experiencia profesional o laboral y los estudios en enseñanzas universitarias no oficiales hasta un máximo de 9 ECTS (15% de los créditos del máster).

Todos los créditos que hayas obtenido en enseñanzas oficiales en cualquier Universidad: los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, serán incluidos en tu expediente académico.

Las normas referidas a la transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de Máster de la UPCT vienen recogidas en el artículo 10 del Reglamento de los Estudios Oficiales de Máster de la UPCT , aprobado por Consejo de Gobierno el 5 de noviembre de 2015 y modificado en la sesión del 17 de mayo de 2017.