Al finalizar tus estudios podrás trabajar en empresas, la administración pública, universidades, centros de formación e investigación, o como profesional independiente a través del ejercicio libre de la profesión.
Este título habilita para el ejercicio de la profesión regulada (1) de Ingeniera/o Técnica/o de Telecomunicación de acuerdo con los requisitos establecidos en la Orden CIN/352/2009 de 9 de febrero, proporcionando competencias, entre otros, para los siguientes perfiles profesionales:
- Dirección de proyectos de Ingeniería de Telecomunicación
- Elaboración de Proyectos de Infraestructuras comunes de telecomunicación en edificios (ICT).
- Diseño y certificación de infraestructuras de Hogar Digital y Áreas Inteligentes.
- Diseño y construcción de los subsistemas que integran los sistemas de comunicación, como son los circuitos y subsistemas de radiofrecuencia, los circuitos y subsistemas de Microondas, las antenas, los sistemas de procesado digital de la señal.
- Diseño, planificación, desarrollo y mantenimiento de radioenlaces y sistemas de comunicaciones vía satélite.
- Diseño, planificación, desarrollo y mantenimiento de sistemas de comunicaciones móviles.
- Diseño, planificación, desarrollo y mantenimiento de sistemas de comunicaciones por medio de cable metálico o fibra óptica.
- Diseño, planificación, desarrollo y mantenimiento de sistemas de transmisión y recepción de radiodifusión y TV.
- Aplicar metodologías apropiadas al diseño, planificación, desarrollo y mantenimiento de sistemas y subsistemas de comunicación.
- Conocer el marco legal, económico y organizativo que regula la actividad de diseño, planificación, desarrollo y mantenimiento de los equipos y sistemas de comunicación.
Este grado se adecua a las competencias de los actuales títulos de Ingeniero Técnico de Telecomunicación y a las normas reguladoras de aplicación para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico de Telecomunicación:
- Decreto 2479/1971 (BOE 18.10.71) regula las facultades y competencias de los Ingenieros Técnicos de Telecomunicación.
- Ley 12/1986 (BOE 2.4.86) referente a la regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos.
- Real Decreto 1954/1994 (BOE 17.11.94) referente a homologaciones de títulos.
- Real Decreto 50/1995 de 20 de enero por los que se establecen determinados Títulos Universitarios Oficiales de Ingenieros Técnicos y se aprueban las directrices generales propias de sus planes de estudio.
- Real Decreto Ley 1/1998, Real Decreto 401/2003, Ley 10/2005. Infraestructura común de telecomunicaciones.
- Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
- Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
- Ley 2/1974, de 13 de febrero (jefatura), sobre colegios profesionales.
- Recomendación Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea (12 de julio de 1999) Real Decreto 1066/2001, Orden CTE/23/2002, Decreto 148/2001. Emisiones radioeléctricas.
- Reales Decretos 220/2008, 219/2008, 177/2008, 276/2007, 334/2004, 777/1998, 2046/1995, 2044/1995, 623/1995, 850/1993, etc., donde se reconoce la atribución en la materia “Electrotecnia” a todas las especialidades de la Ingeniería Técnica de Telecomunicación.
- Real Decreto 436/2004. Se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía en régimen especial.
- Directiva 2000/14, Ley 37/2003, de 17 de noviembre, Ley de Protección contra la contaminación acústica 16/2002.
Al finalizar estos estudios, se podrá acceder a:
- Máster en Ingeniería de Telecomunicación.
- Otras titulaciones de Grado y Máster, cuyo ingreso podrá requerir la realización de algún complemento formativo adicional.