EINDOC: Ciencias Económicas, Empresariales y Jurídicas (3420)


Comisión académica

La Comisión Académica del Programa “Ciencias Económicas, Empresariales y Jurídicas” estará formada por un representante de cada uno de los equipos de investigación que constituyen el Programa, pudiendo existir un segundo miembro de cada equipo si el tamaño del equipo así lo hiciera conveniente. Asimismo, podrán integrarse investigadores de organismos públicos de investigación, así como de otras entidades e instituciones implicadas en la I+D+I, tanto nacional como internacional, a propuesta de alguna de las universidades firmantes y aprobado por mayoría cualificada de dos tercios de la Comisión Académica.

La Comisión Académica deberá reunirse al menos una vez al año para evaluar el funcionamiento del Programa de Doctorado y proponer, si fuera necesario, los cambios oportunos en la organización del mismo. Tal y como señala el artículo 2.8 del Real Decreto 99/2011, la Comisión Académica del programa es la responsable de su definición, actualización, calidad y coordinación, así como del progreso de la investigación y de la formación y de la autorización de la presentación de tesis de cada doctorando/a del programa. Entre otras funciones atribuidas por la normativa vigente, dicha Comisión se encargará de:

  • Aprobar los criterios de admisión conjuntos.
  • Resolver sobre la admisión, pudiendo establecer la exigencia de complementos de formación específicos, en función de la formación previa.
  • Proponer la modificación del programa.
  • Evaluar y asegurar la calidad del programa mediante el establecimiento y valoración de los correspondientes indicadores.
  • Aprobar el nombramiento del tutor/a y del director/a de tesis de cada doctorando/a.
  • Y todas aquellas funciones que le confiera la legislación vigente.

No obstante, al objeto de facilitar los trámites administrativos pertinentes de los doctorandos/as matriculados en cada universidad (entre otros, admisión del doctorando/a al programa y comprobación de nivel para titulados extranjeros, asignación de tutor/a y Director/a de tesis, aprobación de los planes de investigación, modificaciones posteriores en la asignación de Director/es de tesis y en los títulos de los planes de investigación, autorización del depósito de tesis y de la propuesta de tribunal), cada universidad participante contará con una Subcomisión Académica al frente de la cual existirá un Coordinador nombrado por cada universidad.

COMISIÓN ACADÉMICA DEL PROGRAMA

Representantes de la Universidad de Almería:

  • Dr. Juan Evangelista Trinidad Segovia

Representantes de la Universidad Politécnica de Cartagena:

  • Dr. Carmelo Reverte Maya

Representantes de la Universidad de Jaén:

  • Dr. José Moyano Fuentes

COORDINADOR PRINCIPAL - PERSONA DE CONTACTO

INFORMACIÓN
Coordinador UPCT REVERTE MAYA, CARMELO
Horario de atención Consultar por e-mail
Correo electrónico carmelo.reverte@upct.es
Teléfono 968325925

Las funciones de la Comisión Académica son las siguientes:

  1. Determinar las directrices y organizar la oferta y el desarrollo del programa de doctorado, velando por su excelencia académica, y proponiéndolas para su aprobación y presentación ante los órganos de gobierno de ambas universidades.
  2. Proponer el coordinador del programa de doctorado. Dicha propuesta requerirá la aprobación la mayoría absoluta de los miembros de la comisión.
  3. Proponer la modificación del programa.
  4. Incentivar la proyección internacional del programa.
  5. Potenciar la realización de actividades y acciones conjuntas de carácter formativo, investigador, divulgativo o estratégico y, en particular, la utilización por parte de los doctorandos del programa de los medios instrumentales y las infraestructuras aportadas por todas las instituciones que respaldan el programa.
  6. Evaluar y asegurar la calidad del programa mediante el establecimiento y valoración de los correspondientes indicadores.
  7. Ratificar el tutor y el director de tesis de cada doctorando.
  8. Establecer los requisitos específicos para la admisión en el programa de doctorado de acuerdo con los criterios que se establezcan, los cuales deberán estar, en todo caso, adecuados a la normativa vigente.
  9. Promover actividades formativas comunes sobre temas específicos de interés para los doctorandos participantes en el programa, contribuyendo así a que alcancen una formación más completa, avanzada e interdisciplinar.
  10. Favorecer la movilidad de profesores y doctorandos, mediante las herramientas disponibles en cada momento
  11. Llevar a cabo cualquier otra función relacionada con el programa de doctorado y que no esté asignada a ningún otro órgano de las respectivas universidades.