ETSIT: Grado en Ciencia e Ingeniería de Datos (5251)


Acceso, admisión y reconocimiento de créditos

REQUISITOS DE ACCESO Y PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN

Normativa nacional y universitaria que regula el acceso y la admisión a títulos de nivel de grado. El acceso y la admisión a las enseñanzas oficiales de Grado están reguladas a nivel nacional en:

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. En concreto, en su Artículo 15. Acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
El Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.
En la Universidad Politécnica de Cartagena el acceso y la admisión a las enseñanzas de Grado están regulados en la siguiente normativa:

El acceso y la admisión general en el Reglamento de estudios oficiales de Grado y Máster de la Universidad Politécnica de Cartagena, aprobado en Consejo de Gobierno de 1 de marzo de 2022. En concreto, en el Artículo 16. Acceso y admisión de estudiantes.

REQUISITOS DE ADMISIÓN

Los estudiantes para los que el castellano no sea su lengua materna deberán acreditar un nivel B2 de conocimiento de esta lengua. La acreditación del nivel de idiomas deberá realizarse mediante certificado o diploma expedido por una organización acreditada para ese fin recogidos en el Decreto n.º 43/2015, de 27 de marzo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se crea la comisión de reconocimiento de niveles de competencia en lenguas extranjeras o norma que le sustituya. En los casos en que no se cuente con un certificados o diploma que acredite la competencia en español, o no pueda trazarse la autenticidad del certificado o diploma, se exigirá la superación de una prueba de nivel realizada por la UPCT. Esta prueba de español tendrá como objetivo determinar el grado de competencia lingüística general en lengua española de los interesados según los niveles del Marco Común Europeo de Referencia. Dicho examen evaluará, por medio de distintos ejercicios y tareas, conocimientos y destrezas en diferentes actividades comunicativas de la lengua: la comprensión, la expresión y la interacción, contextualizadas en los ámbitos personal, público, educativo y profesional. El examen constará de 4 pruebas:

Prueba 1: Comprensión de lectura.
Prueba 2: Comprensión auditiva.
Prueba 3: Expresión e interacción escrita.
Prueba 4: Expresión e interacción oral.

En los textos de entrada, tanto orales como escritos, utilizados en el examen se emplearán textos de diversas fuentes y de diferentes variedades del español. En los textos que produzca el candidato, será considerada válida toda norma lingüística hispánica seguida coherentemente y respaldada por grupos amplios de hablantes cultos.

RECONOCIMIENTOS

El reconocimiento consiste en la aceptación por parte de la Universidad de Murcia y la Universidad Politécnica de
Cartagena de los créditos que, habiendo sido obtenidos en esta u otra Universidad, son computados a efectos de
la obtención de un título oficial de la misma. Por su parte, la transferencia de créditos consiste en la consignación, a
petición del interesado, de los créditos superados por el estudiante en enseñanzas oficiales universitarias del mismo
nivel (Grado, Máster o Doctorado) que no puedan ser reconocidos. 

La Facultad de Informática dispone de una Comisión de Reconocimiento Académico para Estudios de Grado constituida de acuerdo a los términos establecidos por los Estatutos de la Universidad de Murcia y por el Reglamento de Régimen Interno de la Facultad de Informática. Su composición, que sigue las recomendaciones del Sistema de Aseguramiento Interno de la Calidad del centro, incluye representantes de todos los grupos de interés. Esta comisión tiene como labor principal estudiar las solicitudes de reconocimiento y elaborar las propuestas de reconocimiento que estime apropiadas, de acuerdo con los créditos cursados en la titulación de origen del solicitante y su posible correspondencia con las competencias de las materias de la titulación de destino. Las propuestas realizadas por la comisión son posteriormente resueltas por el Decano del centro.
Por otra parte, la Escuela Técnica Superior de Ingeniería en Telecomunicación también cumple con dichos decretos y con el Reglamento de la Universidad Politécnica de Cartagena del siguiente modo: la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación dispone de una Comisión Académica encargada de realizar los reconocimientos de los Estudios de Grado constituida de acuerdo con los términos establecidos por los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena. Su composición, que sigue las recomendaciones del Sistema de Garantía de Calidad del centro, incluye representantes de todos los grupos de interés. En concreto está compuesta por el Director del Centro, el Secretario, El Subdirector de Ordenación Académica, cuatro profesores de los diferentes departamentos representados y dos Estudiantes. Esta comisión tiene como labor principal estudiar las solicitudes de reconocimiento y elaborar las propuestas de reconocimiento que estime apropiadas, de acuerdo con los créditos cursados en la titulación de origen del solicitante y su posible correspondencia con las competencias de las materias de la titulación de destino. Las propuestas realizadas por la comisión son posteriormente aprobadas en Junta de Escuela. Según el caso de que se trate, el trabajo que lleva a cabo estas comisiones se desarrolla atendiendo a las siguientes directrices:
Reconocimiento de créditos de formación básica de la misma rama: Siempre que el título al que se pretenda acceder pertenezca a la misma rama, serán objeto de reconocimiento un número de créditos que sea al menos el 15 por ciento del total de los créditos del título (36 ECTS en este caso), correspondientes a materias de formación básica de dicha rama. El número máximo de créditos reconocidos será el cursado en la titulación de origen. En cualquier caso, el Trabajo Fin de Grado nunca podrá ser objeto de reconocimiento académico, al estar orientado a la evaluación de las competencias asociadas al título correspondiente de la Universidad de Murcia. Reconocimiento de créditos de formación básica de otras ramas de conocimiento, obligatorias, optativas y prácticas externas:
1. Para el reconocimiento de los créditos de formación básica en otras materias diferentes a las de la rama de conocimiento de la titulación de destino, la comisión del centro elaborará una propuesta teniendo en cuenta las competencias adquiridas con los
créditos cursados de su titulación de origen y su posible correspondencia con las competencias de las materias de la titulación de destino.
2. Se procederá de igual modo para las materias obligatorias, optativas y las prácticas externas, no pudiéndose realizar reconocimiento parcial de una asignatura de destino. Reconocimiento de experiencia laboral o profesional acreditada o de enseñanzas no oficiales: podrá ser reconocida siempre y cuando el tipo de experiencia obtenida, las funciones desarrolladas en el desempeño del puesto de trabajo y las competencias adquiridas, debidamente acreditadas, tengan correspondencia con las competencias de las materias en la titulación de destino. El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de los créditos que constituyen el plan de estudios. Los créditos procedentes de títulos propios podrán, excepcionalmente, ser objeto de reconocimiento en un porcentaje superior al señalado en el apartado anterior o, en su caso, ser objeto de reconocimiento en su totalidad siempre que el correspondiente título haya sido extinguido y sustituido por un título oficial y así se haga constar expresamente en la memoria de verificación del nuevo plan de estudios. Con respecto a los reconocimientos por créditos cursados por acreditación de experiencia laboral y profesional se ha aprobado lo siguiente:
1. La experiencia laboral y profesional se reconoce en la asignatura "Prácticas Externas". Para ello se abre todos los cursos una convocatoria en la que pueden participar todos los alumnos que posean esa experiencia acreditada documental con contrato de trabajo y vida laboral certificada por la Seguridad Social. No se reconocen otro tipo de prácticas y contratos que no sean oficiales.
2. Definición del tipo de experiencia que puede ser reconocida: Actividad profesional desarrollada en el campo de la gestión de información y conocimiento, diseño de sistemas de información, gestión de contenidos, análisis y gestión de datos, gestión de
archivos, bibliotecas y unidades de información, digitalización del patrimonio histórico y cultural, tanto en instituciones públicas como privadas.
3. Justificación del reconocimiento en términos de competencias. Las tareas desarrolladas en su actividad profesional deben estar relacionadas con todas aquellas competencias de la asignatura mencionada y que están descritas en el apartado 5.5 de esta memoria.
4. En todos los casos la comisión del centro elaborará una propuesta teniendo en cuenta las competencias adquiridas con los créditos cursados de su titulación de origen y su posible correspondencia con las competencias de las materias de la titulación de destino.

Reconocimiento de estudios en casos de movilidad: En este caso el reconocimiento se produce antes del desplazamiento del estudiante haciendo constar claramente qué asignaturas, cursos y créditos componen los mismos, permitiéndose su modificación posterior, de manera que a su regreso no haya ninguna duda en el reconocimiento de los estudios que hayan sido superados en la universidad de destino. En todo momento, se podrá considerar un curso académico equivalente a 60 créditos.

Reconocimiento de los títulos extranjeros: En este caso, es la Universidad de Murcia quien, de acuerdo con la legislación vigente, es competente para resolver la homologación de títulos extranjeros aplicando las normas que para ello tiene definidas.


Reconocimiento de créditos por estudios no universitarios: No se contempla.

Becas y ayuda al estudio

Puede consultar toda la información de becas en la Sección de Becas.